¿Quién hereda si no hay testamento?
Sin testamento, la ley fija el orden: primero los hijos, después los padres, después el cónyuge, después hermanos y sobrinos y, por último, el resto de parientes hasta el cuarto grado. Marca quién sobrevive al fallecido y te decimos quién hereda y qué le corresponde al viudo.
El orden de la ley
Cuando no hay testamento, o el que hay no dispone de todos los bienes, el Código Civil llama a heredar por órdenes sucesivos: cada grupo excluye a los siguientes. Los descendientes van primero; a falta de ellos, los ascendientes; después el cónyuge; después los hermanos y sobrinos, y por último los demás colaterales hasta el cuarto grado. Si no queda nadie, hereda el Estado. Dentro de cada grupo, el pariente más próximo excluye al más lejano, salvo el derecho de representación: los hijos de un hijo o de un hermano ya fallecido ocupan su lugar.
El lugar del viudo
El cónyuge viudo tiene una posición particular. Si concurre con hijos o con padres del fallecido no hereda en propiedad, sino en usufructo: el del tercio de mejora si hay hijos y el de la mitad si hay padres. Pero si no hay ni descendientes ni ascendientes, hereda todo, por delante de los hermanos y sobrinos del fallecido. Además conserva siempre su mitad de los bienes gananciales, que no forma parte de la herencia. Calcula el valor de su usufructo con la calculadora de usufructo.
Y después
Saber quién hereda no basta para disponer de los bienes: hay que obtener la declaración de herederos ante notario, que requiere documentos y dos testigos, y después aceptar la herencia y pagar el impuesto. El plazo del impuesto corre desde el fallecimiento: ponlo en el calendario de plazos y estima lo que pagará cada heredero con la calculadora.
Preguntas frecuentes
¿Hereda la viuda si hay hijos?
No en propiedad: tiene el usufructo del tercio de mejora. Los hijos heredan la propiedad.
¿Heredan los hermanos si hay viudo?
No. Sin hijos ni padres, el cónyuge hereda todo por delante de los hermanos.
¿Heredan los sobrinos?
Si su padre o madre, hermano del fallecido, murió antes, heredan su parte en su lugar. Si no queda ningún hermano, heredan por sí mismos.
¿Qué pasa con la pareja de hecho?
El Código Civil no la llama a la herencia sin testamento. Algunos derechos forales sí la reconocen.
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