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El certificado de últimas voluntades

Por Nuria Castaño · Actualizado el 21 de septiembre de 2026

El certificado de últimas voluntades dice si el fallecido hizo testamento y ante qué notario. Se pide al Registro General de Actos de Última Voluntad, del Ministerio de Justicia, pasados 15 días hábiles desde el fallecimiento, y requiere pagar una pequeña tasa.

Carpeta de documentos con un sobre cerrado

Qué dice el certificado

El Registro General de Actos de Última Voluntad recoge los testamentos que se otorgan ante notario en España. El certificado indica si el fallecido hizo alguno, cuál es el último, en qué fecha y ante qué notario. No contiene el testamento: para conocer su contenido hay que pedir después una copia autorizada al notario que lo tenga en su protocolo.

Es importante porque solo vale el último testamento, salvo que el anterior no quedara revocado en todo, y porque es la única forma segura de saber si existe alguno.

Cuándo se puede pedir

No puede solicitarse hasta que pasan 15 días hábiles desde el fallecimiento, el tiempo que da el sistema para que los notarios comuniquen los testamentos. Con un fallecimiento el 10 de marzo de 2026, estaría disponible a partir del 31 de marzo de 2026 aproximadamente, sin contar festivos. Conviene pedirlo en cuanto se pueda, porque de él depende todo lo demás.

Cómo se pide

Se solicita con el modelo 790 de tasas del Ministerio de Justicia, pagando la tasa correspondiente, y aportando el certificado literal de defunción. Puede presentarse en la sede electrónica del Ministerio, con certificado digital o Cl@ve, en las gerencias territoriales de Justicia o por correo. Cualquier persona puede pedirlo, sin acreditar parentesco. Si el fallecido era extranjero o murió fuera, hay que aportar además la documentación que acredite la defunción.

Qué hacer con el resultado

Si hay testamento, el siguiente paso es pedir la copia autorizada al notario indicado. Si el notario ya no está en activo, su protocolo lo conserva el notario que le sucedió o, pasados los años que marca la ley, el archivo de protocolos. Si el certificado dice que no hay testamento, la herencia se rige por la ley y hay que tramitar la declaración de herederos.

Los testamentos ológrafos, escritos a mano, no figuran en el registro hasta que se protocolizan ante notario. Si sospechas que existe uno, hay que buscarlo y protocolizarlo en el plazo legal.

Pídelo junto al de seguros

A la vez conviene solicitar el certificado de seguros de cobertura de fallecimiento, que se tramita de forma casi idéntica y revela si el fallecido tenía seguros de vida o de accidentes a favor de alguien.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto tarda el certificado de últimas voluntades?

Por vía electrónica suele obtenerse en pocos días; en papel, algo más. Solo puede pedirse pasados 15 días hábiles desde el fallecimiento.

¿Quién puede pedirlo?

Cualquier persona, sin necesidad de acreditar parentesco ni interés.

¿Contiene el testamento?

No. Indica si existe, cuál es el último y ante qué notario. El contenido se obtiene con la copia autorizada.

¿Y si no aparece ningún testamento?

La herencia se reparte según la ley y hace falta una declaración de herederos, que se tramita ante notario.