Saltar al contenido

Los tipos de testamento

Por Nuria Castaño · Actualizado el 21 de septiembre de 2026

El Código Civil admite tres formas comunes de testamento: abierto ante notario, cerrado y ológrafo, escrito a mano. El abierto notarial es el más seguro y el más habitual: tiene un coste bajo, queda registrado y el notario asesora sobre su contenido.

Pluma y sobre lacrado sobre un escritorio

El testamento abierto

El testador expresa su voluntad ante notario, que la redacta, la lee y la autoriza. El original queda en el protocolo y se comunica al Registro General de Actos de Última Voluntad, así que los herederos podrán localizarlo con el certificado de últimas voluntades. El notario comprueba la capacidad del testador y asesora para que el testamento respete la ley, lo que reduce mucho los conflictos posteriores. Su coste, sujeto al arancel notarial, es moderado.

El testamento cerrado

El testador entrega al notario un sobre cerrado con su testamento, y el notario levanta acta de la entrega sin conocer el contenido. Preserva la confidencialidad, pero no ofrece asesoramiento sobre lo que dice, y tras el fallecimiento hay que abrirlo con formalidades. Es poco frecuente.

El testamento ológrafo

Lo escribe el testador de su puño y letra, con la fecha, y lo firma. Solo pueden otorgarlo los mayores de edad. Es gratuito y privado, pero frágil: puede perderse, no queda registrado y, tras el fallecimiento, debe presentarse ante notario en diez días desde que se conozca la muerte y protocolizarse, con un plazo máximo de cinco años, comprobando su autenticidad. Cualquier defecto formal puede invalidarlo.

Testamentos especiales y conjuntos

Existen formas especiales para situaciones concretas, como el testamento en peligro inminente de muerte ante cinco testigos, el militar, el marítimo o el hecho en el extranjero. El Código Civil prohíbe el testamento mancomunado, el que hacen dos personas en un mismo documento, pero lo admiten algunos derechos civiles propios, como los de Aragón, Navarra, Galicia o el País Vasco. En territorio común, cada cónyuge hace su propio testamento.

Qué conviene incluir

Un buen testamento identifica a los herederos, respeta las legítimas, aprovecha el tercio de mejora y el de libre disposición si se quiere favorecer a alguien, prevé sustitutos por si un heredero fallece antes y, si procede, nombra un contador-partidor para facilitar el reparto. Puede modificarse o revocarse en cualquier momento otorgando otro: vale el último.

Preguntas frecuentes

¿Cuál es el mejor tipo de testamento?

Para la mayoría de personas, el abierto ante notario: es seguro, queda registrado y el notario asesora sobre su contenido.

¿Es válido un testamento escrito a mano?

Sí, el ológrafo, si lo escribe y firma entero el testador con la fecha, y se protocoliza ante notario tras el fallecimiento.

¿Pueden un matrimonio hacer un testamento juntos?

No con el Código Civil. Sí en algunos derechos forales, como el aragonés o el navarro.

¿Se puede cambiar un testamento?

Sí, en cualquier momento, otorgando uno nuevo. Vale el último.