Impuesto de sucesiones en Navarra
En Navarra, un hijo que hereda 300.000 euros paga 1.000,00 € de impuesto de sucesiones, y un hermano que hereda 150.000 euros, 24.234,27 €. Así funciona y así se calcula, con la norma verificada a 21 de septiembre de 2026.

Cómo funciona el impuesto en Navarra
Navarra tiene régimen foral y su impuesto no parte de la escala estatal: no hay reducciones por parentesco, ni coeficientes, ni bonificaciones. Todo está en la tarifa del art. 34, ordenada por grados de parentesco. El cónyuge tributa al 0 % hasta 250.000 euros y al 0,8 % sobre el exceso. Hijos, nietos y padres, al 0 % hasta 250.000 euros y después por una escala progresiva del 2 % al 16 %.
Los 250.000 euros no son una reducción sino el primer tramo de la tarifa al 0 %: por eso Navarra no aparece en las listas de comunidades con reducciones altas.
Cuánto se paga: ejemplos calculados
La tabla muestra el impuesto estimado para distintos herederos e importes si el fallecido residía en Navarra. Las cifras están calculadas con el mismo motor que la calculadora, sin patrimonio previo relevante y sin reducciones por vivienda habitual, seguros o discapacidad.
| Quién hereda | 150.000 € | 300.000 € | 700.000 € |
|---|---|---|---|
| Hijo de 30 años | 0,00 € | 1.000,00 € | 13.000,00 € |
| Hijo de 17 años | 0,00 € | 1.000,00 € | 13.000,00 € |
| Cónyuge | 0,00 € | 400,00 € | 3.600,00 € |
| Hermano | 24.234,27 € | 58.499,87 € | 180.031,08 € |
| Sobrino | 28.499,87 € | 67.265,48 € | 207.718,56 € |
| Primo o sin parentesco | 34.500,00 € | 78.000,00 € | 245.000,00 € |
Un hijo de 30 años que hereda 300.000 euros paga 1.000,00 €, y si hereda 700.000, 13.000,00 €. Un hermano que hereda 150.000 euros paga 24.234,27 €.
Hijos, cónyuge y padres
Con una herencia de 700.000 euros de padre a hijo, Navarra ocupa el puesto 17 de 21 territorios ordenados de menos a más impuesto. Para un hermano que hereda 150.000 euros, ocupa el puesto 13 de 21 territorios ordenados de menos a más impuesto. Puedes ver la clasificación completa y probar otros importes en el comparador.
Lo que determina el resultado para la familia directa es la combinación de reducción, tarifa y bonificación descrita arriba. Para entender cada pieza por separado tienes las guías de grupos de parentesco y de tarifa y coeficientes.
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Hermanos, sobrinos y otros parientes
Para hermanos, sobrinos y afines, los primeros 7.813,16 euros tributan al 0,8 % y el exceso por una escala que no es progresiva: el tipo que corresponde se aplica a todo el exceso. Para los hermanos va del 8 % al 35 %; para los sobrinos, del 9 % al 39 %. Ni el «0,8 % fijo» ni el «8 % al 16 %» que circulan son correctos.
Vivienda habitual y otras reducciones
Hay una excepción muy valiosa: si un hermano hereda la vivienda habitual del fallecido y había convivido con él los cinco años anteriores, toda su herencia tributa al 0,8 %, siempre que la mantenga como residencia cinco años.
Lo que conviene saber
La norma que regula el impuesto es el DFL 250/2002. La Ley Foral 13/2000, que a menudo se cita, es la General Tributaria de Navarra y ordena la gestión y los plazos, no el contenido del impuesto.
Dónde y cuándo se presenta
La normativa de Navarra se aplica cuando el fallecido tuvo allí su residencia habitual durante la mayor parte de los cinco años anteriores al fallecimiento, con independencia de dónde vivan los herederos o de dónde estén los bienes. El plazo es de seis meses desde el fallecimiento, prorrogable otros seis si se pide en los cinco primeros. Aunque la cuota salga a cero, la declaración se presenta. Tienes las fechas en el calendario de plazos y el procedimiento en trámites y plazos.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto paga un hijo por heredar 300.000 euros en Navarra?
Con la normativa verificada a 21 de septiembre de 2026, un hijo de 30 años sin patrimonio previo relevante pagaría 1.000,00 €, sin contar reducciones por vivienda habitual o seguros.
¿Pagan impuesto de sucesiones los hermanos en Navarra?
Sí. Un hermano que hereda 150.000 euros pagaría unos 24.234,27 €. La cifra exacta depende de su patrimonio previo y de las reducciones que pueda aplicar.
¿Qué norma regula el impuesto en Navarra?
Decreto Foral Legislativo 250/2002, de 16 de diciembre, texto refundido del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, art. 34, junto con la Ley 29/1987 en lo no regulado por ella.
¿Se aplica la normativa de Navarra si yo vivo en otra comunidad?
Sí, si el fallecido residía en Navarra. Lo que cuenta es su residencia habitual en los cinco años anteriores, no la del heredero.
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