Seguros de vida y planes de pensiones en una herencia
Un seguro de vida cobrado por el fallecimiento del asegurado tributa en el impuesto de sucesiones del beneficiario; un plan de pensiones, en su IRPF como rendimiento del trabajo. Los dos se cobran directamente, sin esperar a la herencia, pero su fiscalidad es muy distinta.

Seguros de vida: impuesto de sucesiones
El capital de un seguro de vida para caso de fallecimiento lo cobra el beneficiario designado en la póliza, aunque no sea heredero. Si el tomador era el fallecido, tributa en el impuesto de sucesiones del beneficiario, sumado a lo que herede. El cónyuge, los descendientes y los ascendientes tienen una reducción del 100 % con un límite de 9.195,49 € en la norma estatal, única por beneficiario; Cataluña, por ejemplo, la eleva a 25.000 euros. Lo que supere la reducción tributa con el resto de la herencia. Lo tienes en reducciones estatales.
Planes de pensiones: IRPF
Los derechos consolidados de un plan de pensiones no forman parte de la herencia ni tributan en el impuesto de sucesiones. Los cobra el beneficiario designado, o los herederos si no hay designación, y tributan en su IRPF como rendimientos del trabajo, en la base general, con su tipo marginal. Por eso cobrar un plan grande de una sola vez puede disparar el tipo en ese ejercicio.
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Cómo cobrar un plan de pensiones
El beneficiario puede elegir cobrar en forma de capital, de una vez, en forma de renta, a lo largo de varios años, o de forma mixta. Repartir el cobro en varios ejercicios suele reducir el IRPF total. Para las aportaciones hechas antes de 2007 existe una reducción del 40 % si se cobran en forma de capital, pero solo si el cobro se produce en el ejercicio de la contingencia o en los dos siguientes. Conviene calcular las opciones antes de solicitar el cobro.
Cómo encontrarlos
El certificado de seguros de cobertura de fallecimiento informa de los seguros de vida. Los planes de pensiones aparecen en la declaración de IRPF del fallecido, por las aportaciones que deducía, y en la documentación de su banco o gestora. Los seguros vinculados a una hipoteca suelen tener al banco como beneficiario y cancelan la deuda: lo explicamos en heredar una casa con hipoteca.
Plazos
El seguro de vida tributa en el impuesto de sucesiones con el mismo plazo de seis meses desde el fallecimiento, y las acciones para reclamarlo a la aseguradora prescriben a los cinco años. El plan de pensiones no tiene plazo de impuesto de sucesiones, pero la reducción de las aportaciones antiguas exige cobrar dentro del plazo señalado. En ambos casos, conviene moverse pronto. Tienes el resto de gastos en costes de una herencia.
Preguntas frecuentes
¿Un seguro de vida forma parte de la herencia?
No en sentido civil, porque lo cobra el beneficiario designado, pero tributa en el impuesto de sucesiones sumado a lo que herede.
¿El plan de pensiones de mi padre paga impuesto de sucesiones?
No. Tributa en tu IRPF como rendimiento del trabajo cuando lo cobras.
¿Es mejor cobrar el plan de pensiones de golpe o en renta?
Suele convenir repartirlo en varios años para no elevar el tipo marginal, salvo que interese la reducción del 40 % de las aportaciones anteriores a 2007.
¿Hay reducción por el seguro de vida?
Sí, para cónyuge, descendientes y ascendientes: el 100 % con un límite de 9.195,49 euros en la norma estatal, que algunas comunidades mejoran.
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