Heredar una casa con hipoteca
Si heredas una vivienda con hipoteca, heredas también la deuda. El banco no puede exigir que se cancele por el fallecimiento, pero hay que seguir pagando las cuotas. La deuda pendiente se resta del valor de la herencia en el impuesto de sucesiones, y conviene comprobar si había un seguro que la cubra.

La deuda se hereda
Al aceptar una herencia se asumen sus bienes y sus deudas. La hipoteca sigue gravando la vivienda y el préstamo pasa a los herederos en proporción a sus cuotas. Si el fallecido era cotitular del préstamo con su cónyuge, este sigue respondiendo de su parte como antes; los herederos se subrogan en la parte del fallecido. El banco no puede dar por vencido el préstamo solo por la muerte del titular si las cuotas se siguen pagando.
Primero, busca el seguro
Muchas hipotecas llevan asociado un seguro de vida o de amortización que, en caso de fallecimiento, paga al banco el capital pendiente. Si existe, la deuda desaparece total o parcialmente y la herencia queda liberada. El certificado de seguros de fallecimiento y la documentación del préstamo te dirán si lo había. Comunica el fallecimiento al banco cuanto antes para que active el seguro.
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Cómo afecta al impuesto
La deuda hipotecaria pendiente a la fecha del fallecimiento es una deuda del causante y se resta del valor de la herencia en el impuesto de sucesiones, siempre que se acredite con un certificado del banco. Lo que no se resta es la hipoteca como carga del inmueble: se resta la deuda que garantiza. Si un seguro de amortización la cancela, deja de restarse. Tienes las reglas en qué es el impuesto y quién lo paga.
Las opciones de los herederos
Hay cuatro caminos habituales. Seguir pagando las cuotas, subrogándose en el préstamo, que suele exigir acreditar solvencia ante el banco. Cancelar la deuda con otros bienes de la herencia. Vender la vivienda y cancelar la hipoteca con el precio, lo que exige inscribir antes la herencia. Y, si la deuda supera al valor de la casa y al resto de bienes, aceptar a beneficio de inventario o renunciar, para no responder con el propio patrimonio.
Mientras se tramita la herencia
Las cuotas siguen venciendo durante los meses que dura la herencia. Si la cuenta de cargo estaba a nombre del fallecido y queda bloqueada, habla con el banco para mantener el pago y evitar impagos que generen intereses de demora. Lo explicamos en el dinero en el banco del fallecido.
Preguntas frecuentes
¿El banco puede quedarse la casa si el titular fallece?
No por el fallecimiento en sí. Mientras se paguen las cuotas, el préstamo sigue su curso con los herederos.
¿La hipoteca reduce el impuesto de sucesiones?
Sí, la deuda pendiente acreditada se resta del valor de la herencia.
¿Qué pasa si no puedo pagar la hipoteca heredada?
Puedes vender la vivienda y cancelar la deuda, o, si la herencia es deficitaria, aceptar a beneficio de inventario o renunciar.
¿Tengo que cambiar el titular del préstamo?
Los herederos se subrogan en la deuda; el banco puede pedir que se formalice y valorar su solvencia.
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