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Impuesto de sucesiones en Cantabria

Por Nuria Castaño · Actualizado el 21 de septiembre de 2026

En Cantabria, un hijo que hereda 300.000 euros paga 0,00 € de impuesto de sucesiones, y un hermano que hereda 150.000 euros, 15.696,78 €. Así funciona y así se calcula, con la norma verificada a 21 de septiembre de 2026.

Impuesto de sucesiones en Cantabria

Cómo funciona el impuesto en Cantabria

Cantabria aplica una bonificación del 100 % de la cuota a hijos, nietos, cónyuge y padres, sin límite de importe, desde la Ley 11/2018. El 99 % que todavía aparece en muchas webs es el régimen anterior, de la Ley 1/2012.

Cuánto se paga: ejemplos calculados

La tabla muestra el impuesto estimado para distintos herederos e importes si el fallecido residía en Cantabria. Las cifras están calculadas con el mismo motor que la calculadora, sin patrimonio previo relevante y sin reducciones por vivienda habitual, seguros o discapacidad.

Quién hereda150.000 €300.000 €700.000 €
Hijo de 30 años0,00 €0,00 €0,00 €
Hijo de 17 años0,00 €0,00 €0,00 €
Cónyuge0,00 €0,00 €0,00 €
Hermano15.696,78 €42.427,56 €133.322,01 €
Sobrino31.393,57 €84.855,11 €266.644,02 €
Primo o sin parentesco42.523,07 €110.933,62 €340.537,52 €

Un hijo de 30 años que hereda 300.000 euros paga 0,00 €, y si hereda 700.000, 0,00 €. Un hermano que hereda 150.000 euros paga 15.696,78 €.

Hijos, cónyuge y padres

Con una herencia de 700.000 euros de padre a hijo, Cantabria está entre los más baratos de España: comparte el primer puesto con otros 3 territorios que tampoco cobran nada. Para un hermano que hereda 150.000 euros, comparte el puesto 6 de 21 con otros 2 territorios. Puedes ver la clasificación completa y probar otros importes en el comparador.

Lo que determina el resultado para la familia directa es la combinación de reducción, tarifa y bonificación descrita arriba. Para entender cada pieza por separado tienes las guías de grupos de parentesco y de tarifa y coeficientes.

Hermanos, sobrinos y otros parientes

Desde 2024 existe además una bonificación del 50 % solo para los hermanos. No alcanza a sobrinos, tíos ni afines, aunque pertenezcan al mismo grupo de parentesco: un sobrino paga la cuota completa, el doble que un hermano por la misma herencia.

Vivienda habitual y otras reducciones

Se asimilan al Grupo II los tutores, curadores o guardadores de hecho de un causante con discapacidad y las personas que convivieran con el fallecido al menos dos años, que así acceden a la bonificación del 100 %.

Lo que conviene saber

La Ley de Cantabria 5/2026, de 28 de abril, de medidas fiscales, no modifica el impuesto de sucesiones: solo toca deducciones del IRPF. Los porcentajes de bonificación siguen vigentes sin cambios.

Dónde y cuándo se presenta

La normativa de Cantabria se aplica cuando el fallecido tuvo allí su residencia habitual durante la mayor parte de los cinco años anteriores al fallecimiento, con independencia de dónde vivan los herederos o de dónde estén los bienes. El plazo es de seis meses desde el fallecimiento, prorrogable otros seis si se pide en los cinco primeros. Aunque la cuota salga a cero, la declaración se presenta. Tienes las fechas en el calendario de plazos y el procedimiento en trámites y plazos.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto paga un hijo por heredar 300.000 euros en Cantabria?

Con la normativa verificada a 21 de septiembre de 2026, un hijo de 30 años sin patrimonio previo relevante pagaría 0,00 €, sin contar reducciones por vivienda habitual o seguros.

¿Pagan impuesto de sucesiones los hermanos en Cantabria?

Sí. Un hermano que hereda 150.000 euros pagaría unos 15.696,78 €. La cifra exacta depende de su patrimonio previo y de las reducciones que pueda aplicar.

¿Qué norma regula el impuesto en Cantabria?

Decreto Legislativo 62/2008, de 19 de junio, texto refundido de tributos cedidos de Cantabria, art. 8, junto con la Ley 29/1987 en lo no regulado por ella.

¿Se aplica la normativa de Cantabria si yo vivo en otra comunidad?

Sí, si el fallecido residía en Cantabria. Lo que cuenta es su residencia habitual en los cinco años anteriores, no la del heredero.