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Impuesto de sucesiones en Castilla-La Mancha

Por Nuria Castaño · Actualizado el 21 de septiembre de 2026

En Castilla-La Mancha, un hijo que hereda 300.000 euros paga 7.709,67 € de impuesto de sucesiones, y un hermano que hereda 150.000 euros, 31.393,57 €. Así funciona y así se calcula, con la norma verificada a 21 de septiembre de 2026.

Impuesto de sucesiones en Castilla-La Mancha

Cómo funciona el impuesto en Castilla-La Mancha

Castilla-La Mancha bonifica la cuota de hijos, nietos, cónyuge y padres con una escala por tramos de base liquidable: el 100 % por debajo de 175.000 euros, el 95 % hasta 225.000, el 90 % hasta 275.000, el 85 % hasta 300.000 y el 80 % a partir de ahí. Es un escalón puro, no una media ponderada: el porcentaje del tramo se aplica a toda la cuota.

Eso crea un efecto frontera: pasar de 174.999 a 175.001 euros de base liquidable hace perder el 5 % de bonificación sobre la cuota entera.

Cuánto se paga: ejemplos calculados

La tabla muestra el impuesto estimado para distintos herederos e importes si el fallecido residía en Castilla-La Mancha. Las cifras están calculadas con el mismo motor que la calculadora, sin patrimonio previo relevante y sin reducciones por vivienda habitual, seguros o discapacidad.

Quién hereda150.000 €300.000 €700.000 €
Hijo de 30 años0,00 €7.709,67 €33.104,32 €
Hijo de 17 años0,00 €4.732,73 €32.154,53 €
Cónyuge0,00 €7.709,67 €33.104,32 €
Hermano31.393,57 €84.855,11 €266.644,02 €
Sobrino31.393,57 €84.855,11 €266.644,02 €
Primo o sin parentesco42.523,07 €110.933,62 €340.537,52 €

Un hijo de 30 años que hereda 300.000 euros paga 7.709,67 €, y si hereda 700.000, 33.104,32 €. Un hermano que hereda 150.000 euros paga 31.393,57 €.

Hijos, cónyuge y padres

Con una herencia de 700.000 euros de padre a hijo, Castilla-La Mancha ocupa el puesto 19 de 21 territorios ordenados de menos a más impuesto. Para un hermano que hereda 150.000 euros, comparte el puesto 16 de 21 con otros 5 territorios. Puedes ver la clasificación completa y probar otros importes en el comparador.

Lo que determina el resultado para la familia directa es la combinación de reducción, tarifa y bonificación descrita arriba. Para entender cada pieza por separado tienes las guías de grupos de parentesco y de tarifa y coeficientes.

Hermanos, sobrinos y otros parientes

Hermanos, sobrinos y demás parientes no tienen bonificación: aplican la reducción y la tarifa estatales.

Vivienda habitual y otras reducciones

La comunidad tiene reducciones propias por discapacidad, de 125.000 euros entre el 33 % y el 65 % y de 225.000 desde el 65 %, acumulables a las de parentesco, y una bonificación adicional del 95 % para discapacidades del 65 % o más.

Lo que conviene saber

La escala del 95, 90 y 85 % con cortes en 120.000 y 240.000 euros que publican varias webs es la de las donaciones, no la de las herencias. Las parejas de hecho inscritas con dos años de convivencia se asimilan a los cónyuges.

Dónde y cuándo se presenta

La normativa de Castilla-La Mancha se aplica cuando el fallecido tuvo allí su residencia habitual durante la mayor parte de los cinco años anteriores al fallecimiento, con independencia de dónde vivan los herederos o de dónde estén los bienes. El plazo es de seis meses desde el fallecimiento, prorrogable otros seis si se pide en los cinco primeros. Aunque la cuota salga a cero, la declaración se presenta. Tienes las fechas en el calendario de plazos y el procedimiento en trámites y plazos.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto paga un hijo por heredar 300.000 euros en Castilla-La Mancha?

Con la normativa verificada a 21 de septiembre de 2026, un hijo de 30 años sin patrimonio previo relevante pagaría 7.709,67 €, sin contar reducciones por vivienda habitual o seguros.

¿Pagan impuesto de sucesiones los hermanos en Castilla-La Mancha?

Sí. Un hermano que hereda 150.000 euros pagaría unos 31.393,57 €. La cifra exacta depende de su patrimonio previo y de las reducciones que pueda aplicar.

¿Qué norma regula el impuesto en Castilla-La Mancha?

Ley 8/2013, de 21 de noviembre, de medidas tributarias de Castilla-La Mancha, art. 17, en la redacción de la Ley 3/2016, junto con la Ley 29/1987 en lo no regulado por ella.

¿Se aplica la normativa de Castilla-La Mancha si yo vivo en otra comunidad?

Sí, si el fallecido residía en Castilla-La Mancha. Lo que cuenta es su residencia habitual en los cinco años anteriores, no la del heredero.