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Impuesto de sucesiones en Aragón

Por Nuria Castaño · Actualizado el 21 de septiembre de 2026

En Aragón, un hijo que hereda 300.000 euros paga 0,00 € de impuesto de sucesiones, y un hermano que hereda 150.000 euros, 31.393,57 €. Así funciona y así se calcula, con la norma verificada a 21 de septiembre de 2026.

Impuesto de sucesiones en Aragón

Cómo funciona el impuesto en Aragón

Aragón no bonifica la cuota de hijos adultos, cónyuge y padres: su beneficio es una reducción del 100 % de la base con un tope conjunto de 500.000 euros (art. 131-5 de su texto refundido). Ese tope absorbe las demás reducciones, salvo las de seguros de vida. Por debajo de 500.000 euros la herencia no tributa; por encima, el exceso paga la tarifa estatal completa, sin bonificación.

El 99 % de bonificación de cuota que existe en Aragón (art. 131-12) es solo para el Grupo I, los descendientes menores de 21 años. Por eso Aragón pasa de cero a cifras altas en cuanto la herencia supera el tope, un salto que no aparece si solo se mira el porcentaje.

Cuánto se paga: ejemplos calculados

La tabla muestra el impuesto estimado para distintos herederos e importes si el fallecido residía en Aragón. Las cifras están calculadas con el mismo motor que la calculadora, sin patrimonio previo relevante y sin reducciones por vivienda habitual, seguros o discapacidad.

Quién hereda150.000 €300.000 €700.000 €
Hijo de 30 años0,00 €0,00 €31.640,85 €
Hijo de 17 años0,00 €0,00 €316,41 €
Cónyuge0,00 €0,00 €31.640,85 €
Hermano31.393,57 €84.855,11 €266.644,02 €
Sobrino31.393,57 €84.855,11 €266.644,02 €
Primo o sin parentesco42.523,07 €110.933,62 €340.537,52 €

Un hijo de 30 años que hereda 300.000 euros paga 0,00 €, y si hereda 700.000, 31.640,85 €. Un hermano que hereda 150.000 euros paga 31.393,57 €.

Hijos, cónyuge y padres

Con una herencia de 700.000 euros de padre a hijo, Aragón ocupa el puesto 18 de 21 territorios ordenados de menos a más impuesto. Para un hermano que hereda 150.000 euros, comparte el puesto 16 de 21 con otros 5 territorios. Puedes ver la clasificación completa y probar otros importes en el comparador.

Lo que determina el resultado para la familia directa es la combinación de reducción, tarifa y bonificación descrita arriba. Para entender cada pieza por separado tienes las guías de grupos de parentesco y de tarifa y coeficientes.

Hermanos, sobrinos y otros parientes

Hermanos, sobrinos, tíos y el resto de parientes lejanos no tienen beneficio autonómico en Aragón: aplican la reducción estatal y la tarifa completa.

Vivienda habitual y otras reducciones

La reducción por vivienda habitual y el resto de beneficios aragoneses tienen reglas propias; el tope de 500.000 euros de la reducción por parentesco se ve afectado por ellas, así que conviene revisar el caso concreto con la norma a la vista.

Lo que conviene saber

Si el fallecido deja hijos menores de edad que conviven con el cónyuge viudo, el límite de la reducción del cónyuge se amplía en 150.000 euros por cada uno. Y aunque circuló que los presupuestos de 2026 incluían un 99 % para el Grupo II, el texto consolidado vigente no lo recoge.

Dónde y cuándo se presenta

La normativa de Aragón se aplica cuando el fallecido tuvo allí su residencia habitual durante la mayor parte de los cinco años anteriores al fallecimiento, con independencia de dónde vivan los herederos o de dónde estén los bienes. El plazo es de seis meses desde el fallecimiento, prorrogable otros seis si se pide en los cinco primeros. Aunque la cuota salga a cero, la declaración se presenta. Tienes las fechas en el calendario de plazos y el procedimiento en trámites y plazos.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto paga un hijo por heredar 300.000 euros en Aragón?

Con la normativa verificada a 21 de septiembre de 2026, un hijo de 30 años sin patrimonio previo relevante pagaría 0,00 €, sin contar reducciones por vivienda habitual o seguros.

¿Pagan impuesto de sucesiones los hermanos en Aragón?

Sí. Un hermano que hereda 150.000 euros pagaría unos 31.393,57 €. La cifra exacta depende de su patrimonio previo y de las reducciones que pueda aplicar.

¿Qué norma regula el impuesto en Aragón?

Decreto Legislativo 1/2005, texto refundido de tributos cedidos de Aragón, arts. 131-5 y 131-12, junto con la Ley 29/1987 en lo no regulado por ella.

¿Se aplica la normativa de Aragón si yo vivo en otra comunidad?

Sí, si el fallecido residía en Aragón. Lo que cuenta es su residencia habitual en los cinco años anteriores, no la del heredero.