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Las herencias internacionales

Por Nuria Castaño · Actualizado el 21 de septiembre de 2026

Desde 2015, en la Unión Europea la herencia se rige por la ley del país de residencia habitual del fallecido, salvo que en testamento eligiera la de su nacionalidad. Esa ley rige toda la herencia, esté donde esté, y el certificado sucesorio europeo permite acreditar la condición de heredero en otros Estados.

Globo terráqueo junto a documentos legales

El Reglamento europeo de sucesiones

El Reglamento (UE) 650/2012 se aplica a las sucesiones de personas fallecidas desde el 17 de agosto de 2015 en los Estados de la Unión, salvo Dinamarca e Irlanda. Su regla principal es la unidad: una sola ley rige toda la herencia, incluidos los bienes situados en otros países, en lugar de aplicar la ley de cada país a los bienes que hay en él.

Qué ley se aplica

Se aplica la ley del Estado donde el fallecido tenía su residencia habitual al morir. Un alemán que vivía en Málaga hereda, en principio, según la ley española; un español que vivía en Francia, según la francesa. Pero cualquiera puede elegir en su testamento la ley de su nacionalidad: la llamada professio iuris. Es una decisión importante, porque cambia quién hereda y qué legítimas existen.

Cuando la ley aplicable es la española, además hay que determinar qué derecho civil español rige, el común o uno foral, según la vecindad civil del fallecido, como explicamos en la legítima y los tercios.

Qué tribunales y notarios intervienen

Con carácter general, son competentes para la sucesión las autoridades del Estado de residencia habitual del fallecido. Si eligió la ley de su nacionalidad, los interesados pueden acordar que sean competentes las de ese Estado. Los notarios pueden tramitar las herencias con elementos internacionales, pero conviene elegir uno con experiencia en ellas.

El certificado sucesorio europeo

Es un documento que expiden las autoridades del Estado competente y que acredita, en todos los Estados del Reglamento, la condición de heredero, legatario o administrador de la herencia y sus facultades. Sirve, por ejemplo, para que un banco de otro país libere unas cuentas o para inscribir un inmueble, sin necesidad de procedimientos adicionales. Su uso no es obligatorio, pero simplifica mucho los trámites transfronterizos.

Los impuestos van aparte

El Reglamento no regula los impuestos. Una herencia con elementos internacionales puede tributar en varios países, cada uno con sus normas. En España, lo que determina la tributación es la residencia del heredero y la ubicación de los bienes: lo explicamos en no residentes, incluida la deducción por lo pagado en el extranjero.

Preguntas frecuentes

¿Qué ley rige la herencia de un extranjero que vivía en España?

En principio la española, por su residencia habitual, salvo que eligiera en testamento la de su nacionalidad.

¿Puedo elegir la ley de mi país en el testamento?

Sí, la de tu nacionalidad, mediante una elección expresa en el testamento.

¿Para qué sirve el certificado sucesorio europeo?

Para acreditar la condición de heredero en otros Estados de la Unión sin trámites adicionales.

¿El Reglamento decide dónde pago impuestos?

No. Los impuestos se rigen por la normativa de cada país; el Reglamento solo regula la ley civil y la competencia.